CÓMO ES EL ESQUEMA DISPO QUE RIGE EN EL CONURBANO
El Gobierno oficializó hoy la nueva etapa para casi todo el país. Rige del 30 de noviembre al 20 de diciembre inclusive.
El gobierno nacional oficializó hoy, a través de la publicación del Decreto956/2020 en el Boletín Oficial, la vigencia en todo el país hasta el próximo 20 de diciembre del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), salvo en Bariloche y Dina Huapi (Río Negro) y Puerto Deseado (Santa Cruz), que continúan en la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio(ASPO).
También se aclara que el DISPO rige en aquellos lugares que no están definidospor la autoridad sanitaria como poseedor de “transmisión comunitariasostenida”.
Asimismo, se faculta a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adictar “normas reglamentarias para limitar la circulación” en el caso de que la situación epidemiológica así lo amerita.
Durante la vigencia del DISPO las personas deberán “mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades”.
En cuanto a actividades económicas, “sólo podrán realizarse actividades económicas,industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria”.
“En el aglomerado del AMBA, conforme lo define el artículo 3° del presente, el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a la actividad gastronómica será de un máximo del 30% del aforo”, se explica en otra parte del decreto.
Asimismo, “sólo podrán realizarse actividades artísticas y deportivas, en tanto se dé cumplimiento a las reglas de conducta previstas en el artículo 5° y siempre que no impliquen una concurrencia superior diez personas cuando se realicen en lugares cerrados”.
En cuanto a las actividades prohibidas durante el DISPO se encuentran “los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de veinte personas en espacios cerrados”.
También está prohibida la «realización de eventos culturales, sociales,recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a cien personas”, y la actividad de cines, teatros, clubes y centros culturales.
El decreto lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de los ministros del gabinete nacional.