Opinión ( 1/11/2014 )
MORDAZA ANTIDEMOCRATICA EN LA COOPERATIVA TELEFÓNICA DE TORTUGUITAS
El autor de la nota -abogado y socio de la telefónica local- apunta a un reciente fallo de la Justicia de San Martín en favor de la entidad, al que califica de "grosero ataque a la libertad de expresión".
Tal como lo informó este periódico, el pasado 4 de octubre se llevó a cabo la Asamblea Anual Ordinaria de la Cooperativa Telefónica de Tortuguitas, para considerar primordialmente los dos documentos centrales que evidencian la marcha de la institución: la Memoria y el Balance, pudiendo los socios aprobar o rechazar su contenido. Este año, además del habitual relato de las maravillas realizadas por la conducción oficialista, que, sin embargo, no pueden explicar por qué nunca se pueden distribuir excedentes a los socios o por qué empeoran los indicadores económicos (por ej. solvencia patrimonial: 2012 = 6,76; 2013 = 4,07; 2014 = 2,32), la Memoria incluyó una mayúscula sorpresa. Por primera vez se incorporó a su texto la copia íntegra de una sentencia judicial de un pleito que tuvo a la Cooperativa como parte. Tal vez los socios deberíamos alegrarnos de esto, pues podríamos suponer que de ahora en más la conducción oficialista transparentará todas las sentencias o resoluciones que involucren a la institución, incluyéndolas en el texto de las futuras Memorias. Por cierto que, si tomamos como metro otras actitudes de esta conducción oficialista francamente poco claras -por ejemplo la discrecionalidad y el amiguismo proselitista de ciertas "donaciones" o la cerril negativa a informar sobre cómo y por qué los consejeros y el síndico se auto asignan honorarios cuyos montos y causas no revelan-, deberemos alejar todo optimismo y, al contrario, buscar el verdadero motivo para esta transcripción completa de una sentencia en un instrumento tan trascendente como la Memoria. Pero, para sumergirnos en esa búsqueda, el primer dato que ya es de enorme relevancia es que el juicio en el cual se dictó, es nada más ni nada menos que "BRICHETTO EUGENIO WALTER C/ COOPERATIVA DE PROV. DE SERVICIOS PUB. S/ NULIDAD DE ACTO JURIDICO". Este proceso fue iniciado por ese recordado ex-socio de profesión contador que, más allá de su estilo descomedido y muchas veces agraviante, fue un opositor acérrimo a la conducción oficialista y que, junto con otros dos socios, Bilbao y Di Tata, fue sancionado con la expulsión en la Asamblea del 15 de octubre de 2005. Fue precisamente la nulidad de esta asamblea y de la sanción aplicada el objeto del juicio. La demanda de Brichetto, como ya podemos imaginar, fue rechazada, o sea: el juicio fue ganado por la cooperativa. Este es el primer motivo de la decisión de la conducción oficialista. Ganaron. Pero, no es el único motivo. Si bien Brichetto perdió en primera instancia y, luego de la apelación, también en segunda, el fallo más crítico y lapidario para las pretensiones del ex-socio fue el de la Alzada (Sala 2 de la Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial del Dpto. Judicial de San Martín), cuyo vocal preopinante, y redactor de la sentencia, fue Horacio Abel Mares, oriundo de San Miguel, donde comparte su formación profesional con familiares cercanos que ejercen la abogacía en esta poderosa e influyente ciudad, que hasta 1994 fue cabecera del Partido de General Sarmiento, donde también, lo hace el abogado-asesor de la Cooperativa, Fernando Voces, otro nacido y criado en San Miguel, de fluidos vínculos con la magistratura, especialmente de San Martín. No olvidemos tampoco, que dos importantes y sempiternos componentes del staff de la Cooperativa, el vocal Piñero (hoy prosecretario) y el asesor contable y auditor externo, contador Llaser, fueron encumbrados funcionarios de los gobiernos municipales de Luis Ortega, Aldo Rico y Oscar Zilocchi. Está claro que había que ser muy imprudente, casi suicida, para hacer esta demanda judicial contra la vigorosa y afamada Cooperativa Telefónica de Tortuguitas en ese departamento judicial, máxime cuando poco tiempo antes ya se había perdido otra similar. Pero Brichetto nunca supo medir el poder descomunal de su contrincante. Se destaca en el fallo, como argumento central, medular, casi diríamos fundamental, el hecho de que Brichetto a través de un periódico que él editaba y dirigía hizo trascender a la opinión pública sus críticas a la Cooperativa. Expresó el Dr. Mares en su voto: "No debe ... un socio, dueño de un periódico, llevar sus cuestionamientos confrontativos al ámbito de ese medio, convirtiendo en pública una controversia que debe discurrir dentro del seno de la Cooperativa, para la cual, en tanto persona -si bien no física pero sí jurídica- rige también el derecho a la privacidad en el sentido que sus diferencias y problemáticas internas no trasciendan el marco de la sociedad siendo llevadas al terreno público, y sean resueltas entre y por los socios." Esta frase, que es el eje de la argumentación, de por sí importa un grosero ataque a la libertad de expresión de cualquier ciudadano, más si es socio, y pulveriza este derecho constitucional elemental y fundante de toda sociedad democrática. Y lo que es peor, y fácilmente lo comprenderán tanto los críticos como los defensores de la actual conducción, el camarista Mares niega con su abstracto razonamiento la verdad material más apabullante: el poderío incontrastable que tiene la conducción oficialista de la Cooperativa de Tortuguitas para imponer su voluntad a la masa societaria. Es ese poderío el que no se puede enfrentar con los simples mecanismos legales de la Ley de Cooperativas, que no sólo son totalmente anacrónicos (la ley 20.337 tiene más de 40 años), también son inoperantes en entidades que han alcanzado tal grado de desarrollo económico -en este caso no por pericia propia sino por el cambio de reglas de la telefonía- que le permite a su pequeña y concentrada conducción el manejo presupuestario para hacer proselitismo permanente y perpetuarse en el poder gracias a las reelecciones continuas. Pide el camarista Mares en su fallo: "Los disentimientos existentes dentro de una sociedad, deben canalizarse dentro de los caminos internos que marcan los estatutos y las leyes, entre ellos las asambleas extraordinarias que, en el caso de las cooperativas, el Consejo de Administración debe convocar cuando, lo solicite un 10% de los asociados (art. 47 ley 20337)". Hoy ese 10% son 370 socios. ¿Sabe acaso el Dr. Mares que ese límite es en la práctica de cumplimiento imposible para cualquier socio que no posea un poder económico o una influencia social y política casi equivalente al de la propia Cooperativa? Tengamos en cuenta que el promedio de asistencia a las Asambleas de los últimos 5 años apenas supera los 125 socios, la enorme mayoría de ellos fieles oficialistas. El fallo del camarista Mares, a la medida de la conducción oficialista, nos está diciendo en lo concreto que enfrentarla desde dentro o desde fuera tiene el destino inexorable de la DERROTA. Aquí está la verdadera causa de la inclusión de la sentencia Brichetto, que para siempre quedará estampada en la historia oficial. Es una advertencia para los que osen con sus críticas cuestionar con seriedad las decisiones de la conducción oficialista. Más aún: ES UNA INTIMIDACIÓN Y UNA CLARA AMENAZA para ellos. Por esa razón quien escribe, luego de exponer todo esto de viva voz en la Asamblea y para impedir que este exceso brutal del autoritarismo oficialista quedara para siempre como una MORDAZA para los que piensan diferente y tienen el coraje de manifestarlo, propuso el rechazo de la Memoria. Fue vencido, pero aun así la Memoria se aprobó sólo por mayoría y no por unanimidad, y esto también quedará escrito en la historia oficial de la Cooperativa. Seguirá siendo cierto, entonces, como escribió George Orwell en Homenaje a Cataluña, que "hay ocasiones en que resulta más provechoso luchar y salir derrotado que no ofrecer resistencia alguna". Jorge Gabriel Vispo |
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