LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA DECLARACIÓN DE LAS NUEVAS CIUDADES MALVINENSES

Un repaso de las condiciones que les permiten serlo. Por qué Tierras Altas y Sourdeaux deben esperar. El caso de la cabecera Malvinas Argentinas.

El palacio comunal, en la ciudad de Malvinas Argentinas 

Esta semana, la Cámara de Diputados provincial aprobó cuatro proyectos de ley para declarar ciudad a las localidades malvinenses de Tortuguitas, Villa de Mayo y Pablo Nogués, más la cabecera Malvinas Argentinas.

Se suman a dos ya existentes: Grand Bourg, declarada ciudad en 1985, y Los Polvorines, cuya declaración data del 2002.

Pero volviendo a esta reciente camada de nuevas ciudades, los proyectos, impulsados por el senador provincial Luis Vivona, ya tenían media sanción de la cámara alta. Ahora se esperan sus promulgaciones definitivas en unos días, con la firma del gobernador Axel Kicillof.

Tras el anuncio, explotaron los comentarios en las redes. Las expresiones fueron desde el apoyo y la celebración hasta los reparos y las dudas. Entre estos últimos, muchos parecen surgir del desconocimiento acerca del mecanismo que lo hizo posible. En esta nota trataremos de repasarlo, para saber –entre otras cosas- por qué Tortuguitas, Villa de Mayo y Nogués pasan a ser ciudades, por qué Tierras Altas y Sourdeaux no, y el caso de la cabecera Malvinas Argentinas.

Lo que sigue es un punteo de los datos fundamentales para entenderlo:

-Antes que nada, hay que aclarar que lo criterios y requisitos para declarar una ciudad en la provincia se fijaron en la Ley 10.806, aprobada en el año 1989.

-Para el Conurbano y el Gran La Plata, la ley fija como condición tener al menos 30 mil habitantes. Tortuguitas, Villa de Mayo y Nogués (con 48.490, 48.417, y 42.475, respectivamente) cumplen el requisito.

-Este punto fue clave para que ni Sourdeaux ni Tierras Altas puedan calificar: ambas están por debajo de los 30 mil requeridos. Por ahora tendrán que esperar.

-El caso de la localidad Malvinas Argentinas es el que más dudas genera, aunque su fundamentación es clara. Su territorio contiene el predio que fue el viejo Polvorín y al crearse, en 2001, fue declarada cabecera del Partido. No cumple con ninguno de los requisitos, excepto uno, el de ser cabecera del distrito. La ley explica que esa condición es suficiente, se las declara ciudad por el solo hecho de ser cabecera de un distrito.

-La ley fija las condiciones de equipamiento que debe tener una localidad para ser ciudad. Entre otras, deben contar con oficina de correos, bancos, comisaría, escuelas oficiales o privadas, centros de salud, asociaciones civiles, desagües, alumbrado público y energía eléctrica, red vial y transporte público de pasajeros. También pide que haya red de agua y cloacas, aunque deja abierta la posibilidad a que, si no la tiene, haya una “posibilidad inminente” de tenerla. Las nuevas ciudades malvinenses cumplen con la mayoría de los ítems.

LOS FUNDAMENTOS, CASO POR CASO
Lo que sigue son los fundamentos presentados para cada localidad en los proyectos de ley pidiendo las declaraciones de ciudad.

VILLA DE MAYO
-La población, según el censo de 2010, es de 48.417 habitantes.
–Posee una sucursal del Banco Supervielle.

-Posee medios de transporte que la vinculan con el resto de las localidades de Malvinas Argentinas.

-Posee catorce escuelas secundarias, doce escuelas primarias y siete jardines de infantes. Cuenta con dos centros públicos de salud primaria.

-Tiene un polideportivo, cinco sociedades de fomento y, desde la década del 70’, la Parroquia de Nuestro Señor de los Milagros de Mailín.
-Sus barrios son Villa de Mayo, Guadalupe y Parque Alvear.

TORTUGUITAS
-La población, según el censo de 2010, es de 48.490 habitantes.

-Posee “un importante desarrollo comercial” y una sucursal del Banco Provincia;

-Posee “medios de transporte que la vinculan con el resto de las localidades del Partido de Malvinas Argentinas y con los tres municipios (Pilar, José C Paz y Escobar) que limitan con este”.

-Tiene diez escuelas secundarias, ocho escuelas primarias, y siete jardines de infantes.

-Cuenta con tres centros públicos de salud primaria, con un hospital de rehabilitación.

-Posee seis entidades intermedias y cuenta con la Parroquia Nuestra Señora de Fátima y tres templos evangélicos.

-Sus barrios son: Astorga. Astorga II. Carumbé. El Callao. El Chelito. Ferroviario. La Granja. El Palenque. La Soleada. Los Ángeles. Parque Alvear I. Parque Alvear II. Parque Industrial. Parque Hermoso. Parque San Luis. San Lucas. Solares de la Reina. Tortuguitas y Touring Club.

PABLO NOGUÉS
-La población, según el censo de 2010, es de 42.475 habitantes.

-Posee “un importante desarrollo urbano, ya que funcionan en ella las instalaciones del sistema de salud de Malvinas Argentinas; específicamente funcionan allí: el Hospital de Trauma y Emergencias Dr. Federico Abete, el Hospital Central de Pediatría y el Centro Municipal para el Tratamiento de la Obesidad y Enfermedades Metabólicas Dr. Alberto Cormillot.

-Cuenta “con medios de transporte que la vinculan con el resto de las localidades de Malvinas Argentinas”.

-En materia de instituciones públicas tiene siete escuelas secundarias, ocho escuelas primarias, y ocho jardines de infantes. También, siete entidades intermedias.

-Los barrios que la componen son: Pablo Nogués, Yapeyú, Bella Flor, Olivos, Quesada Pacheco, El Perejil y Barrio Panamericano.

Luis Melillo